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Descargos Ley 18.700 de Votaciones y Escrutinios

Conforme a lo establecido en la Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios y demás normas aplicables, una vez citado por el Juez de Policía Local, el denunciado(a) podrá acompañar antecedentes o medios de prueba que acrediten el motivo por el que no pudo cumplir con sus obligaciones electorales.

Para la presentación dichas justificaciones, nuestro Tribunal ha dispuesto un formulario mediante el cual podrá presentar sus descargos sin necesidad de acudir presencialmente.

Nota: Una vez enviado el formulario será notificado de su resolución mediante correo electrónico o carta certificada, según haya indicado en el formulario.

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Requisitos y documentos que debe adjuntar para realizar su trámite

1. Antecedentes o medios de prueba que acrediten el motivo por el que no pudo cumplir